El pago de sentencias se ha establecido como un gran problema financiero para la nación, el cual se va acrecentando con el paso de los años y aún más por el hecho de que no hay un ejercicio contable adecuado sobre este gasto, haciendo que no figure como algo visible tanto en el PND (Plan Nacional de Desarrollo) como en la PGN (Ley Anual de Presupuesto).
En Conactivos S.A.S tenemos conocimiento de que el camino para hacer efectivo el pago de sentencias es lento y difícil de transitar, a pesar de que aparentemente todo finaliza en el momento en que se expide la sentencia, en realidad las personas tienen que encarar una situación diferente. Dada esta situación es nuestro deseo darle la información precisa para que logre el pago de sentencias con la menor espera posible. Un factor determinante en que el pago de sentencias sea día tras día más difícil de saldar, es la inconsistencia económica nacional, por la cual legalmente han surgido mecanismos para que el pago de sentencias se presente de forma acorde a la situación fiscal que está sucediendo.
El decreto 2469 del 2015 brinda de forma detallada la posibilidad de que las entidades deudoras puedan empezar con la gestión del pago en máximo 15 días naturales que se cuentan desde el momento en que se da luz verde al laudo arbitral o conciliación. Lo más habitual es que el beneficiario del proceso judicial tenga que pasar por todo el proceso de trámite frente a la entidad acusada para que le paguen su dinero, lo cual hace que el pago de sentencias sea aún más tardado.
Por su lado, aquellos que han sido afectados y merecen retribución se encuentran en medio de una serie de dificultades y pasos para poder reclamar el pago de sentencias, lo que genera que en el tiempo se acumule la deuda por concepto de intereses haciéndola más difícil de pagar.
Con este punto importante en mente, se evidencia que en la medida que el país no cumpla con sus deudas a la par que siga siendo sometido a más sentencias judiciales en contra, sus cuentas por pagar serán cada vez más abultadas. Sumado a lo anterior, hay un hecho existente y es que no hay suficientes fondos públicos para responder a los demandantes.
Se hace necesario denotar que las restricciones monetarias en las entidades generan cada vez más demoras en el pago de sentencias. Es por esto que aquellas que sean inhábiles financieramente para saldar sus deudas, deben declararlo claramente en el expediente correspondiente, y, como paso siguiente, deben hacer todos los procesos necesarios para que les brinden los fondos para el pago de sentencias en la vigencia fiscal más próxima que les sea asignada.
Si en el caso contrario, la entidad sí cuenta con los recursos para responder, es necesario que expida la resolución de liquidación, el pago y el reconocimiento de la deuda judicial. Como este dinero proviene de las arcas del Estado, evidentemente también tiene que pasar por un proceso completo de comprobación y validación, mismo que es extenso y es causa de más dilaciones para quienes quieren ejercer su derecho al pago de sentencias.
Es nuestra aspiración que este artículo le permita entender el panorama respecto a los procesos para el pago de sentencias al interior de las entidades estatales, y además, entender el por qué estos procesos de pago de sentencias suelen ser tan lentos. Si tiene cualquier pregunta, escríbanos sin duda!